Comunicación de la inminente obligación para facturar electrónicamente a la Administración Pública

Según el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la facturación electrónica es un equivalente funcional de la factura en papel y consiste en la transmisión de las facturas o documentos análogos entre emisor y receptor por medios electrónicos (ficheros informáticos) y telemáticos (de un ordenador a otro), firmados digitalmente con certificados reconocidos. Asimismo el artículo 1.1 de la Ley 56/2007 de Medidas para el Impulso de la Sociedad de la Información la define como documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además garantiza la autenticidad y la integridad de su contenido, lo que impide el repudio de la factura por su emisor.

La ORDEN PRE/2971/2007 de 5 de octubre, sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de aquella, y sobre la presentación ante la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes, de facturas expedidas entre particulares. Esta norma ha establecido la obligatoriedad de la factura electrónica para las destinadas a la Administración General del Estado y sus organismos públicos, estableciendo las condiciones técnicas en que deben remitirse. Igualmente, las facturas expedidas entre particulares que deban presentarse ante las A.A.P.P., deberán presentarse telemáticamente. En ambos casos, la norma para garantizar la interoperabilidad, establece la obligatoriedad de su presentación en un formato concreto, “FACTURAE”. <!--[endif]-->

La LEY 30/2007 de 30 de Octubre, establece la obligatoriedad del uso de la factura electrónica a partir del 1 de Agosto de 2009, para aquellas entidades que no puedan presentar Cuenta de Pérdidas y Ganancias abreviada, cuando contraten con el Sector Público Estatal, y, a partir del 1 de noviembre de 2010 para la totalidad de entidades que contraten con el Sector Público Estatal. El objetivo perseguido por la Administración con este paso, es acelerar la implantación de la e-factura en el territorio nacional, como parte de su proyecto global en la consecución total de la e-Administración (Administración tradicional + Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación), y así aprovechar cuanto antes los beneficios que esta forma de facturar le reporta tanto a ella, como a las empresas: sustancioso ahorro de costes para emisor y receptor de la factura, agilidad y eficacia en el tratamiento de la información, mejoras en el control y verificación de las facturas, etc.  >> Leer más 
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