El pasado día 11 se publicó el Real Decreto –Ley 9/2015 de medidas urgentes para reducir la carga tributaria por los contribuyentes del IRPF y otras medidas de carácter económico.
Tipos de retención específicos aplicables durante 2015:
TIPO DE RENDIMIENTO |
Retención hasta 12 de julio |
Retención a partir de 12 de julio |
Rendimiento de actividades profesionales |
19,00% |
15,00% |
Rendimiento de actividades profesionales por inicio de actividad |
9,00% |
7,00% |
Rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación |
19,00% |
15,00% |
Consejeros y administradores de entidades si INCN<100.00€ |
20,00% |
19,50% |
Rendimientos del Capital mobiliario |
20,00% |
19,50% |
Ganancias derivadas de acciones y participaciones en IIC |
20,00% |
19,50% |
Premios en juegos, concursos, rifas |
20,00% |
19,50% |
Arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles urbanos |
20,00% |
19,50% |
Propiedad intelectual, industrial, asistencia técnica, arrendamiento de bienes muebles, negocio o minas |
20,00% |
19,50% |
Por la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen |
20,00% |
19,50% |
Ganancias derivadas de aprovechamiento forestales |
20,00% |
19,50% |
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES:
Retención e ingreso a cuenta
Desde el 1 de enero de 2015 hasta el 11 de julio de 2015, el porcentaje de retención o ingreso a cuenta es del 20%. Dicho porcentaje será del 19,5% desde el 12 de julio de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015.
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