Tax & Law es un despacho de asesores fiscales y fiscales especializados en las necesidades de los emprendedores y las startups.
La financiación y generación del capital incial son preguntas de todo emprendedor. La pregunta más frecuente para un nuevo emprendedor es si existe la opción y cómo cobrar el paro por adelantado.
Obviamente este escenario solamente es aplicable para personas que han estado cotizando a la Seguridad Social, y van a estar o están ya en el Paro. Entoncés existe la opción de cobrar la prestación a la que se tiene derecho por anticipado en el caso de que quiera emprender un negocio propio.
Cuándo: Una vez que se ha solicitado el paro y antes de darse de alta como autónomo.
Dónde: En la oficina del INEM que corresponda.
Cómo: Antes de darse de alta como autónomo, se puede solicitar la prestación por desempleo por adelantado, para crear tu propia empresa. Hay que rellenar un impreso de solicitud de la prestación donde se expondrá de forma resumida una memoria del proyecto (plazo de inicio, actividad a desarrollar, plan de producción, inversiones, infraestructuras, características del producto o servicio, etc…)
1. Constituyendo una Sociedad Limitada: Se puede cobrar lo que corresponda del paro en un pago único para cubrir las cuotas mensuales de cotización como autónomo.
2. Constituyendo una Sociedad Laboral: Conceden el 40% de la prestación por desempleo que corresponde para inversiones necesarias para el desarrollo de la actividad empresarial, y el 60% restante es subvencionado a cargo del INEM para pagar mensualmente las cuotas de autónomo.
Una vez que se inicie la actividad empresarial, se debe justificar con facturas que se ha invertido en el negocio esa cantidad. El único requisito que piden es que una vez recibido todo el dinero se tiene que iniciar la actividad laboral en un mes aproximadamente. Plazo: No hay un plazo determinado pero, desde la solicitud de la prestación del pago del paro por adelantado hasta la concesión, pueden transcurrir dos meses.
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