El día 21 de diciembre se publicó en el BOE el RD 16/2013 en virtud del cual, entre otras medidas, se aumentan las bases mínimas de cotización a la seguridad social, y por tanto las cuotas a pagar. Los autónomos afectados por esta subida son los llamados "autónomos societarios" (los que ostentan cargos de administradores de empresas) y aquellos que durante 2013 hayan tenido simultáneamente 10 trabajadores o más. Para estos colectivos, la base mínima de cotización se equipara con la prevista para los trabajadores encuadrados en el grupo 1 del Régimen General, que ascienden a 1.051,50 euros en 2014, lo que implica una subida en las cuotas a pagar a la seguridad social, que a partir de enero de 2014 serán de 313,34 euros, frente a las 256,72 que se venían pagando hasta ahora por una base mínima de cotización de 858,60 euros.
Para el resto de trabajadores autónomos la base mínima de cotización sube un 2%, desde 858,60 a 875,70 euros mensuales, por lo que la cuota mínima, pasa de 256,72 a un total de 261,83 euros. Por otra parte, las bases máximas de cotización suben de 3.262,50 a 3.425,70 euros, con la correspondiente subida de cuota a 1.020,86 euros.
En resumen, varían las bases de cotización de la manera que se indica en el siguiente cuadro:
Concepto | Base anterior |
Base 2014 |
Cuota anterior |
Cuota 2014 |
|
Base mínima RETA | 858,60 | 875,70 | 256,72 | 261,83 | |
Base máxima RETA | 3262,50 | 3425,70 | 972,23 | 1020,86 | |
Base mínima Administradores | 858,60 | 1051,51 | 972,23 | 313,34 | |
Base mínima autónomos con + 10 trabajadores | 858,60 | 1051,50 | 256,72 | 313,34 |
Esto lo notaremos en la cuota correspondiente al mes de enero del nuevo año.
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