Cobro del Paro por anticipado para crear tu propia empresa
Si una persona que ha estado cotizando a la Seguridad Social, va a estar o está ya en el Paro, existe la opción de cobrar la prestación a la que se tiene derecho por anticipado en el caso de que quiera emprender un negocio propio.
Cuándo: Una vez que se ha solicitado el paro y antes de darse de alta como autónomo.
Dónde: En la oficina del INEM que corresponda.
Cómo: Antes de darse de alta como autónomo, se puede solicitar la prestación por desempleo por adelantado, para crear tu propia empresa. Hay que rellenar un impreso de solicitud de la prestación donde se expondrá de forma resumida una memoria del proyecto (plazo de inicio, actividad a desarrollar, plan de producción, inversiones, infraestructuras, características del producto o servicio, etc…) Hay dos formas de recibir la prestación:
1.- Constituyendo una Sociedad Limitada: Se puede cobrar lo que corresponda del paro en un pago único para cubrir las cuotas mensuales de cotización como autónomo.
2.- Constituyendo una Sociedad Laboral: Conceden el 40% de la prestación por desempleo que corresponde para inversiones necesarias para el desarrollo de la actividad empresarial, y el 60% restante es subvencionado a cargo del INEM para pagar mensualmente las cuotas de autónomo.
Plazo: No hay un plazo determinado pero, desde la solicitud de la prestación del pago del paro por adelantado hasta la concesión, pueden transcurrir dos meses.
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